Toda persona tiene derecho a una vivienda digna que le permita un desarrollo integral adecuado para él y su familia y el Estado proveerá lo necesario para garantizar el ejercicio de este derecho.
Artículo 4° Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El problema de vivienda en México
México enfrenta un gran déficit de vivienda de casi 8.8 millones de hogares, impulsado por el alto costo del suelo, rentas y precios de compra que rebasan los ingresos familiares, y la lejanía de los nuevos conjuntos habitacionales, lo que deja a millones de personas sin acceso a una casa digna o adecuada
¿Qué hace Artículo Cuatro?
Artículo cuatro es una organización administrada por Mediadora Mexicana de Vivienda S.A de C.V SOFOM que con ayuda de instituciones públicas y privadas busca ayudar a familias mexicanas sin vivienda propia a lograr adquirir una casa propia que sea accesible a sus posibilidades económicas.
Trabaja mediante tres programas principales:
Crédito de vivienda. Se brindará acceso a un crédito de vivienda a aquellas familias que no cuenten con el historial crediticio o que no tengan prestaciones de vivienda como INFONAVIT, FOVISSSTE. Los créditos de vivienda serán otorgados por instituciones gubernamentales como Nacional Financiera (NAFIN), Banco Inmobiliario Mexicano (BIM) o Sociedad Hipotecaria Federal (SHF). Las condiciones de los créditos (plazo, interés, mensualidades) dependerá de la situación económica de cada familia.
Asignación de vivienda. En casos especificos y dependiendo del estado de la republica donde resida el solicitante, podrán brindarse vivienda habitación sin considerar el pago de intereses. Estas asignaciones de viviendas serán muy especificas y dependerán totalmente de un estudio socioeconomico por parte del solicitante.
Financiamiento de construcción. En caso de que el solicitante cuente con un terreno o vivienda propia, pero está requiera adecuaciones o construcción para tener las propiedades de una vivienda digna. El solicitante podrá solicitar un financiamiento para construcción, este financiamiento considera la compra de materiales, contratación de mano de obra y pago de permisos y trámites para realizar las mejoras a la vivienda en cuestión. No se considerarán como adecuaciones la compra de acabados de lujo, construcciones innecesarias para poseer una vivienda propia o la construcción para generar espacios de alquiler.
Necesitamos voluntarios
Si quieres ayudar a miles de familias en México que no cuentan con una vivienda propia, puedes hacerlo por dos medios.
Voluntariado. Puedes trabajar con nosotros para ayudar directamente a las y los mexicanos necesitados de vivienda, ejerciendo trabajos como:
Trabajo social
Ayuda en construcción
Ayuda legal (indispensable contar con cedula profesional en leyes)
Donativos.
Si deseas ayudar a miles de familias a lograr el sueño de una casa propia puedes realizar tu donativo directo a Mediadora de Vivienda Mexicana S.A de C.V SOFOM el donativo lo puedes realizar por medio de miles de tiendas OXXO a la cuenta 2242 1701 8085 7227
Para donativos corporativos comunícate con nosotros, te expediremos un comprobante fiscal de donativo
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos piden para acceder a una vivienda ya sea por crédito o asignación?
No tener ninguna propiedad registrada a nombre del solicitante. (se revisa el registro público de la propiedad)
Ser mexicano de nacimiento
Ser mayor de 18 años
No tener créditos hipotecarios activos
No ser beneficiario de ningún programa de vivienda federal o estatal
Llenar el cuestionario socioeconómico de nuestra organización (lo puede solicitar vía telefónica, WhatsApp o por correo electronico
¿Artículo cuatro es una institución de gobierno?
Artículo cuatro es una iniciativa de Mediadora de Vivienda Mexicana S.A de C.V SOFOM registro 694597 de CONDUSEF, RFC MVM140806FP2. Trabajamos con el respaldo y la ayuda de la Sociedad Hipotecaria Federal, la Comisión Nacional de Vivienda y otras entidades para lograr que miles de ciudadanos mexicano ejerzan su derecho de una vivienda digna.
¿Qué requisitos piden para tener acceso a un financiamiento de construcción?
El terreno o inmueble tiene que ser propiedad del solicitante.
Debe contar con documentación en regla. (escrituras y pago de predial)
La construcción a realizar debe ser únicamente habitacional (no bodegas, locales, galpones, etc.)
El dinero asignado no debe utilizarse para acabados de lujo
Debe presentarse por escrito cual será el uso de los recursos asignados
El monto máximo de construcción será de $300,000 pesos.
¿Ayudan a la población de toda la República Mexicana?
Si, aunque es importante recalcar que nuestra institución depende de los programas estatales y de la ayuda de los gobiernos regionales para nuestro funcionamiento, por ello las condiciones de ayuda para la obtención de vivienda, varían de acuerdo a cada estado de la república.
¿Cuánto tengo que pagar de intereses por un préstamo de vivienda?
Las condiciones del préstamo de vivienda dependerán de cada solicitante, se tomarán en cuenta las condiciones económicas para determinar el plazo, las mensualidades asignadas y, en caso de determinarse, la eliminación del pago de intereses.
¿Qué pasa si yo tuve una casa y la vendí?
Se brindará ayuda a todo solicitante que actualmente no cuente con una vivienda propia, sin importar que anteriormente haya tenido una vivienda propia.
¿Tiene algún costo sus servicios?
No, Artículo Cuatro no solicita pago de inscripciones, mensualidades, enganches o algún otor pago por sus servicios. Cabe mencionar que los únicos gastos en los que podría incurrir un beneficiario son pagos de emisión de documentos como actas de nacimiento actualizadas, documentos del registro público de la propiedad o gastos notariales que no son cubiertos por nuestra organización.
Paseo de la Reforma 222, piso 09, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc. Ciudad de México CP. 06600
Av. de las Américas 1254, piso 06, colonia Country Club, Guadalajara, Jalisco, CP. 44610
Distribuidor Vial las Trancas No. 1009, Colonia Reserva Territorial, Xalapa, Veracruz, CP. 91096
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